Seguro que alguna vez has ido a tu vinoteca de confianza, supermercado, restaurante, o simplemente te han regalado un vino que al tenerla botella en la mano y leer su etiqueta ponía una catalogación. ¿Qué son y por qué se ponen en los vinos?.
Clasificación de los vinos
Vinos de Mesa. Hoy día denominado simplemente vino. No pertenecen a ninguna DO. No se les exige prácticamente dar ninguna información, ni añada, variedad de uva, procedencia… Sólo pueden dar el país de procedencia, siempre que esté certificado. Llamado comúnmente «vino común».
Vinos de la Tierra (VdlT). Son de una zona y características concretas, de medioambiente, entre otras. Ha de informar de la añada y se garantiza un mínimo control de calidad.
Vinos de Calidad con Indicación Geográfica (V.C) ó (I.G). Vinos de una región o localidad determinada, siendo las uvas de dicho lugar al igual que todo el proceso de su elaboración.
Denominación de Origen (D.O.). Exigen grandes criterios y normas para pertenecer a una D.O. En primer lugar ha de haber estado cinco años con anterioridad como Vino de Calidad. Por supuesto, sus características organolépticas, medioambientales, vinícolas, etc. hacen que sea un producto único y diferente a los demás.
De cada D.O. se encarga un Consejo Regulador que vela por cumplir todos los reglamentos, ordenes ministeriales, decretos y Leyes Orgánicas.
Denominación de Origen Calificada (D.O.Ca). Solo dos D.O de España tienen esta clasificación, son Rioja y Priorat. Teniendo por tanto que pasar controles aún mas estrictos y normativas mas exhaustivas. Ha de haber estado como mínimo 10 años como D.O. con anterioridad.
Todo su vino ha de ser comercializado desde bodegas inscritas y ubicadas en la zona geográfica que delimite.
Vinos de Pago (V.P.). Un paraje o zona rural con unas características peculiares y diferentes a la Comunidad Autónoma en la que se encuentra. Si el pago se encuentra en su totalidad en una D.O se puede llamar Vino de Pago Calificado.
Los vinos han de estar embotellados por personas físicas y jurídicas que estén en posesión de la titularidad de los viñedos del pago y de sus bodegas, que han de estar cerca del lugar.

Genial!! Lo que aprendo contigo!!
Gracias!!
De nada! Es recíproco! 😀